A continuación se describen los requisitos para participar en el programa de prestaciones de Ensign.

Empleados de una empresa afiliada a Ensign que:

  • Si trabaja normalmente al menos 32 horas semanales y ha completado el periodo de espera de las prestaciones (véase el apartado " Cuándo empieza la cobertura "), puede optar a todas las prestaciones sanitarias.
  • Si trabaja normalmente 30 ó 31 horas semanales y ha completado el periodo de espera de las prestaciones (véase el apartado " Cuándo empieza la cobertura "), puede optar a la cobertura médica y a la cuenta de ahorro para la salud (HSA).
  • Cónyuge legal es su cónyuge legalmente casado. Si su cónyuge es elegible para la cobertura médica de grupo fuera de nuestro plan (a través de su empleador), usted pagará un recargo de $125 por período de pago si decide cubrir a su cónyuge como su dependiente en un plan de Ensign Services. La pareja de hecho no es una relación elegible para ser cubierta como dependiente en los planes médicos, dentales y oftalmológicos de ningún estado. Las parejas de hecho tampoco se reconocen para ninguno de los planes médicos autofinanciados de BCBS. Sin embargo, Kaiser o SIMNSA son planes asegurados y pueden cubrir a una pareja de hecho.
  • Los hijos menores de 26 años y los hijos a cargo de cualquier edad que no puedan mantenerse por sí mismos debido a una discapacidad física o mental y que hayan quedado discapacitados antes de los 26 años. Un hijo elegible incluye a su hijo natural, hijo adoptado, hijastro o hijo al que se le ha asignado la tutela legal por un tribunal. Los hijos de un cónyuge legal cubierto también son elegibles para los planes médicos autofinanciados de BCBS. Si Kaiser o SIMNSA reconocen la cobertura de la pareja de hecho, los hijos de la pareja de hecho reconocida también pueden estar cubiertos. Los recién nacidos deben inscribirse dentro de los 30 días siguientes al nacimiento para estar cubiertos.
  • Si desea inscribir a sus dependientes en la cobertura médica, dental o de la vista, deberá presentar a Ensign la documentación que acredite el parentesco con usted (por ejemplo, un certificado de matrimonio o de nacimiento) en un plazo de 30 días a partir de la fecha de contratación. Puede presentar la documentación a través de la bandeja de entrada de Workday o enviando copias por correo electrónico a benefits@ensignservices.net.
Jefes de departamento, enfermeros, terapeutas y empleados del Centro de Servicios/Cornet. Las prestaciones* entran en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha de contratación, siempre que se inscriba dentro de los 30 días siguientes a la fecha de contratación. Ejemplo: Si le contratan el 3 de enero, sus prestaciones entran en vigor el 1 de febrero, siempre que se inscriba antes del 2 de febrero.
Otros empleados de una empresa afiliada a Ensign Services Las prestaciones* entran en vigor el primer día del mes siguiente a los 60 días de empleo, siempre que se inscriba en los 30 días siguientes a la fecha de contratación. Ejemplo: Si es contratado el 15 de mayo, sus prestaciones entran en vigor el 1 de agosto, siempre que se inscriba antes del 14 de junio.
Personas a cargo inscritas La cobertura de los dependientes comienza al mismo tiempo que la de los empleados, siempre que se presente la documentación que acredite la elegibilidad del dependiente, como un certificado de matrimonio o de nacimiento, en los 30 días siguientes a la fecha de contratación.
Unas palabras sobre la discapacidad de corta duración La cobertura por invalidez a corto plazo comienza el primer día del mes siguiente a un mes después de la fecha en que se completa la inscripción. Ejemplo: Si se inscribe en el plan de invalidez a corto plazo el 15 de mayo, la fecha de entrada en vigor de su cobertura es el 1 de julio.


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Las fechas de entrada en vigor de otras prestaciones voluntarias se describen en la página de prestaciones voluntarias correspondiente.

Cuentas de gasto flexible, seguro de vida y cobertura de invalidez La cobertura finaliza el último día de trabajo.
Opciones sobre acciones y adjudicación de acciones restringidas (RSA)
  • Todas las opciones sobre acciones o RSA que no se hayan ejercitado se pierden en caso de cese de la relación laboral.
  • Dispondrá de 90 días a partir de la fecha de cese para ejercitar las opciones sobre acciones devengadas que no hayan sido ejercitadas en dicha fecha. Las opciones sobre acciones caducarán a los 90 días de la fecha de cese si no se ejercen.
  • Todas las opciones sobre acciones devengadas que se hayan ejercido son propiedad del participante y permanecerán con él tras el cese de la relación laboral.
  • Los RSA devengados son propiedad del participante y permanecerán en su poder tras el cese de la relación laboral.
Otros beneficios La cobertura finaliza el último día del mes en el que usted deja de trabajar o deja de tener derecho a las prestaciones.